Programa Manejo del Riesgo Biológico

4.9 Mantenimiento del Programa

Para el buen mantenimiento del programa es necesario desarrollar un plan de acción, que involucre por lo menos los siguientes aspectos:

  • Normas de bioseguridad.
  • Elementos de Protección Personal.
  • Manejo de elementos cortopunzantes.
  • Manejo de ropas.
  • Aislamiento y desinfección.
  • Vacunación.
  • Exámenes médicos ocupacionales.
  • Investigación de accidentes.
  • Seguimiento post exposición.
  • Manejo y registro de residuos o desechos.

4.10  Retroalimentación

Con base en los análisis, se dará una información directa y continua reforzando los cambios generados y motivando el alcance de los nuevos logros.           

5. Seguimiento del Programa

Se debe llevar a cabo control periódico de la evolución del programa buscando la  continuidad del mismo. Este proceso debe ser liderado por la Gerencia de la Empresa con el fin de lograr compromiso e impacto en la población trabajadora.

En los centros de atención de salud animal es prioritaria la elaboración de manuales de procedimientos, de normas de prevención y control de las principales zoonosis en animales y en los trabajadores con riesgo de adquirirlas. En esta medida, el refuerzo de la formación de personal médico sobre la epidemiología de las zoonosis, podría mejorar la cobertura y calidad del diagnóstico de enfermedades zoonóticas.

5.1 Inspecciones Periódicas           

Las inspecciones periódicas son parte esencial para el seguimiento del programa. Estas inspecciones deben estar bien definidas, con un programa que indique las zonas a inspeccionar, la frecuencia, lo que se consideran niveles aceptables y quién las realiza. En este punto vale la pena resaltar la función legal del COPASO de la empresa en la programación y ejecución de actividades.

Cuando se haga la inspección, una herramienta muy valiosa puede ser una lista de puntos a comprobar. A continuación se propone una que puede ser completada y ampliada de acuerdo con los requerimientos específicos de cada empresa.

Inspección

inspección riesgo biologico

Para lograr una mayor eficiencia y un mayor compromiso de todos los miembros de la empresa es recomendable sectorizar las instalaciones y procurar que la responsabilidad de la inspección sea rotativa.

5.2 Acciones Correctivas y Preventivas 

Igualmente se deben definir las acciones correctivas y preventivas a implementar en la empresa, encaminadas a proteger la salud del trabajador y el medio ambiente.

Tanto las normas como las acciones correctivas y preventivas se deben desarrollar a través de:

FUENTE

  • Manejo adecuado de residuos.

MEDIO

  • Programa de inspecciones a los puestos de trabajo, valorando las condiciones de trabajo y estado de las instalaciones aplicando en forma inmediata las acciones correctivas.
  • Suministro de elementos y equipos necesarios para la disposición de residuos.
  • Programa de rotulación y señalización.
  • Dotación del botiquín de primeros auxilios.

MÉTODO

  • Implementación de procedimientos de trabajo seguros.

TRABAJADOR

  • Capacitación y entrenamiento permanente.
  • Programa de vacunación.
  • Supervisión del uso y mantenimiento de elementos de protección personal adecuados.
  • Programa de vigilancia médica: exámenes médicos ocupacionales y paraclínicos.

5.3 Verificación de Acciones

Se debe verificar el cumplimiento de las normas establecidas, idealmente por medio de una lista de chequeo y de una lista de cumplimiento donde se especifiquen las acciones, tiempos y nivel de ejecución, así como también los responsables directos de estos.

5.4 Supervisión del Programa

Serán responsables de la supervisión del Programa para el Manejo del Riesgo Biológico de Origen Animal, los Jefes de Área, Comités Paritarios de Salud Ocupacional y Jefe de Salud Ocupacional.

El Jefe de Salud Ocupacional de la empresa tendrá la responsabilidad de verificar el cumplimiento del programa por medio del seguimiento y control de las actividades y procedimientos establecidos para todos los niveles de la empresa: trabajadores, supervisores, jefes de área, según sea el caso.

Además de lo anterior, la supervisión del programa implica seguimiento y control permanente para detectar nuevas necesidades de capacitación y entrenamiento, modificación o ajuste de normas, procedimientos, etc. 

5.5 Registros

Se debe mantener actualizado permanentemente el registro con la relación discriminada de la capacitación y demás actividades que se desarrollen en apoyo al programa.

De acuerdo con las necesidades de la empresa, la persona encargada del programa puede determinar la necesidad de elaborar otros formatos de control.

Glosario

Acopio: acción tendiente a reunir productos desechados o descartados por el consumidor al final de su vida útil y que están sujetos a planes de gestión de devolución de productos post consumo, en un lugar acondicionado para tal fin, de manera segura y ambientalmente adecuada, a fin de facilitar su recolección y posterior manejo integral. El lugar donde se desarrolla esta actividad se denomina centro de acopio (Decreto 4741 de 2005). 

Almacenamiento: es el depósito temporal de residuos o desechos peligrosos en un espacio físico definido y por un tiempo determinado con carácter previo a su aprovechamiento y/o valorización, tratamiento y/o disposición final (Decreto 4741 de 2005). 

Aprovechamiento: es la utilización de residuos mediante actividades tales como separación en la fuente, recuperación, transformación y reuso de los mismos, permitiendo la reincorporación en el ciclo económico y productivo con el fin de generar un beneficio económico y social y de reducir los impactos ambientales y los riesgos a la salud humana asociados con la producción, manejo y disposición final de los residuos.

Basura: residuo que no tiene valor por su potencial de reuso, recuperación o reciclaje.

Bioseguridad: son las prácticas que tienen por objeto eliminar o minimizar el factor de riesgo que pueda llegar a afectar la salud o la vida de las personas o pueda contaminar el ambiente.

Contaminante Biológico: son los microorganismos y endoparásitos humanos capaces de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad.

Celda de seguridad: área del relleno sanitario donde se depositan residuos hospitalarios.

Cenizas: es todo material incombustible que resulta después de haber incinerado residuos y combustibles, ya sea que se presenten en mezcla o por separado.

Cultura de la no Basura: es el conjunto de costumbres y valores tendientes a la reducción de la cantidad de residuos generados por cada uno de los habitantes y por la comunidad en general, así como al aprovechamiento de los residuos potencialmente reutilizables.

Decomiso no aprovechable: es la aprehensión material del animal o las partes de animales consideradas peligrosas o no aptas ni para el consumo humano ni para el aprovechamiento industrial, por ser residuos infecciosos de riesgo biológico, dictaminado por la autoridad sanitaria y realizada en las plantas de beneficio de animales. Dichos residuos deberán ser objeto de separación, empaque, embalaje, recolección, transporte, almacenamiento e incineración conforme a las normas vigentes (Decreto 4126 de 2005).

Desactivación: es el método, técnica o proceso utilizado para transformar los residuos hospitalarios y similares peligrosos o inertizarlos si es el caso, de manera que se puedan transportar y almacenar, de forma previa a la incineración o envío al relleno sanitario, todo ello con objeto de minimizar el impacto ambiental y en relación con la salud. En todo caso, la desactivación debe asegurar los estándares de desinfección exigidos por los Ministerios del Medio Ambiente y Salud.

La desactivación dentro de las áreas o ambientes internos del servicio de salud debe ser ejecutada por el generador. La desactivación fuera de las áreas internas del servicio de salud y dentro de la institución podrá ser ejecutada por particulares y en todo caso dentro de las instalaciones del generador.

Desecho: cualquier residuo que tiene un valor por su potencial de reuso, recuperación o reciclaje.

Disposición Final Controlada: es el proceso mediante el cual se convierte el residuo en formas definitivas y estables, mediante técnicas seguras. 

Disposición final de residuos: es el proceso de aislar y confinar los residuos sólidos en especial los no aprovechables, en forma definitiva, en lugares especialmente seleccionados y diseñados para evitar la contaminación, y los daños o riesgos a la salud humana y al medio ambiente.

Establecimiento: es la persona prestadora del servicio de salud a humanos y/o animales, en las actividades, manejo e instalaciones relacionadas con la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, docencia e investigación, manejo de boteritos, laboratorios de biotecnología, farmacias, cementerios, morgues, funerarias, hornos crematorios, centros de pigmentación y/o tatuajes, laboratorios veterinarios, centros de zoonosis y zoológicos que generan residuos hospitalarios y similares.

Generador: es la persona natural o jurídica que produce residuos hospitalarios y similares en desarrollo de las actividades, manejo e instalaciones relacionadas con la prestación de servicios de salud, incluidas las acciones de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación; la docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres; los bioterios y laboratorios de biotecnología; actividades de tanatopraxia, autopsias o de preparación de cadáveres; consultorios, clínicas, farmacias, centros de pigmentación y/o tatuajes, laboratorios veterinarios, centros de zoonosis, zoológicos; plantas de beneficio de animales bovinos, caprinos, porcinos, equinos y de aves (Decreto 4126 de 2005).

Gestión: es un conjunto de los métodos, procedimientos y acciones desarrollados por la Gerencia, Dirección o Administración del generador de residuos hospitalarios y similares, sean estas personas naturales y jurídicas y por los prestadores del servicio de desactivación y del servicio público especial de aseo, para garantizar el cumplimiento de la normatividad vigente sobre residuos hospitalarios y similares (Resolución 1164 de 2002).

Gestión integral: es el manejo que implica la cobertura y planeación de todas las actividades relacionadas con la gestión de los residuos hospitalarios y similares desde su generación hasta su disposición final (Resolución 1164 de 2002).

Inicineración: es el proceso de oxidación térmica mediante el cual los residuos son convertidos, en presencia de oxígeno, en gases y restos sólidos incombustibles bajo condiciones de oxígeno estequiométricas y la conjugación de tres variables: temperatura, tiempo y turbulencia. La incineración contempla los procesos de pirólisis y termólisis a las condiciones de oxígeno apropiadas.

Manual de Procedimientos para la Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares – MPGIRH: es el documento expedido por los Ministerios del Medio Ambiente y Salud, mediante el cual se establecen los procedimientos, procesos, actividades y estándares de microorganismos que deben adoptarse y realizarse en los componentes interno y externo de la gestión de los residuos provenientes del generador (Resolución 1164 de 2002).

Matadero: todo establecimiento dotado con instalaciones necesarias para el sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano, así como para tareas complementarias de elaboración o industrialización. Cuando sea del caso, que de conformidad con el presente decreto haya obtenido Licencia Sanitaria de Funcionamiento para efectuar dichas actividades.

Material Reciclable: todo material que por sus características físico-químicas y condiciones de presentación puede ser transformado o acondicionado para ser utilizado nuevamente.

Material No Reciclabel: todo material que por sus características físico-químicas y condiciones de presentación no puede ser transformado o acondicionado para ser utilizado nuevamente.

Microorganismo: es cualquier organismo vivo de tamaño microscópico, incluyendo bacterias, virus, levaduras, hongos, actinomicetos, algunas algas y protozoos.

Minimización: es la racionalización y optimización de los procesos, procedimientos y actividades que permiten la reducción de los residuos generados y sus efectos, en el mismo lugar donde se producen.

Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares – PGIRH: es el documento diseñado por los generadores, los prestadores del servicio de desactivación y especial de aseo, el cual contiene de una manera organizada y coherente las actividades necesarias que garanticen la Gestión Integral de los Residuos Hospitalarios y Similares, de acuerdo con los lineamientos del presente manual (Resolución 1164 de 2002).

Planta de beneficio de animales: es todo establecimiento dotado con instalaciones necesarias y equipos mínimos requeridos para el beneficio de animales bovinos, caprinos, porcinos, equinos y procesadoras de aves, para abasto público o para consumo humano, así como para tareas complementarias de elaboración o industrialización, cuando sea el caso, con el cumplimiento de la normatividad sanitaria y ambiental vigente (Decreto 4126 de 2005).

Prestadores del servicio público especial de aseo: son las personas naturales o jurídicas encargadas de la prestación del Servicio Público Especial de Aseo para residuos hospitalarios peligrosos, el cual incluye entre otras, las actividades de recolección, transporte, aprovechamiento, tratamiento y disposición final de los mismos, mediante la utilización de la tecnología apropiada, a la frecuencia requerida y con observancia de los procedimientos establecidos por los Ministerios del Medio Ambiente y de Salud, de acuerdo con sus competencias, con el fin de efectuar la mejor utilización social y económica de los recursos administrativos, técnicos y financieros disponibles en beneficio de los usuarios de tal forma que se garantice la salud pública y la preservación del medio ambiente (Resolución 1164 de 2002).

Prestadores del servicio de desactivación: son las personas naturales o jurídicas que prestan el servicio de desactivación dentro de las instalaciones del generador, o fuera de él, mediante técnicas que aseguren los estándares de desinfección establecidos por los Ministerios del Medio Ambiente y de Salud de conformidad con sus competencias (Resolución 1164 de 2002).

Precaución En Ambiente: es el principio según el cual cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente.

Precaución En Salud: es el principio de gestión y control de la organización estatal, empresarial y ciudadana, tendiente a garantizar el cumplimiento de las normas de protección de la salud pública, para prevenir y prever los riesgos a la salud de las personas y procurar mantener las condiciones de protección y mejoramiento continuo.

Prevención: es el conjunto de acciones dirigidas a identificar, controlar y reducir los factores de riesgo biológicos, del ambiente y de la salud, que puedan producirse como consecuencia del manejo de los residuos de que trata el presente decreto, ya sea en la prestación de servicios de salud o cualquier otra actividad que implique la generación, manejo o disposición de esta clase de residuos, con el fin de evitar que aparezca el riesgo o la enfermedad y se propaguen u ocasionen daños mayores o generen secuelas evitables.

Receptor: el titular autorizado para realizar las actividades de almacenamiento, aprovechamiento y/o valorización (incluida la recuperación, el reciclado o la regeneración), el tratamiento y/o la disposición final de residuos o desechos peligrosos. 

Recolección: es la acción consistente en retirar los residuos hospitalarios y similares del lugar de almacenamiento ubicado en las instalaciones del generador. 

Residuo: cualquier objeto, material, sustancia o elemento, en forma sólida, semisólida, liquida o gaseosa, que no tiene valor y que es descartado por quien lo genera. 

Desecho: cualquier residuo que tiene un valor por su potencial de reuso, recuperación o reciclaje.

Residuo o desecho peligroso: es aquel residuo o desecho que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.

Residuos Hospitalarios y Similares: son las sustancias, materiales o subproductos sólidos, líquidos o gaseosos, generados por una tarea productiva resultante de la actividad ejercida por el generador.

Riesgo: probabilidad o posibilidad de que el manejo, la liberación al ambiente y la exposición a un material o residuo, ocasionen efectos adversos en la salud humana y/o al ambiente.

Riesgo Biológico: es la probabilidad de un agente o contaminante biológico de causar un daño expresado mediante infección, alergia o toxicidad del personal que lo manipula.

Segregación: es la operación consistente en separar manual o mecánicamente los residuos hospitalarios y similares en el momento de su generación, conforme a la clasificación establecida en el presente Decreto.

Sistema: es el conjunto coordinado de componentes y elementos que actúan articuladamente cumpliendo una función específica (Resolución 1164 de 2002).

Tratamiento: es el proceso mediante el cual se modifican las características de los residuos o desechos peligrosos, provenientes del generador son transformados física y químicamente, con  el objeto de eliminar los riesgos a la salud y al medio ambiente.

Zoonosis: según la OMS, las zoonosis se definen “como aquellas infecciones que se transmiten naturalmente de los animales vertebrados al hombre”. 

Bibliografía 

Riesgos Biológicos. Enciclopedia De Salud Y Seguridad En El Trabajo. Oit

Protocolos De Vigilancia Sanitaria Específica. Agentes Biológicos. Comisión De Salud Pública. Consejo Interterritorial Del Sistema Nacional De Salud. España. 2001

Protocolo De Rabia, Ministerio De La Protección Social. Instituto Nacional De Salud. 2006

Real Decreto 664/1997, De 12 De Mayo. Guía Técnica Para La Evaluación Y Prevención De Los Riesgos Relacionados Con La Exposición A Agentes Biológicos. España.

Protocolo De Accidente Ofídico, Ministerio De La Protección Social. Instituto Nacional De Salud. 2006

Protocolo De Fiebre Amarilla, Ministerio De La Protección Social. Instituto Nacional De Salud. 2006

 

Sofia Ruiz

Profesional en Higiene y Seguridad Industrial. Amplia experiencia en asesoramiento a empresas en diversos sectores económicos.

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