Riesgos profesionales
Son riesgos profesionales el accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el gobierno nacional.
Clasificación
La clasificación de grado de riesgo profesional de una empresa depende de:
- Actividad económica de la empresa.
- Índice de ausentismo laboral en la empresa.
- Resultado de la evaluación de la aplicación de los programas de salud ocupacional por parte de la empresa.
Tope mínimo de cotización: 0.348%.
Tope máximo de cotización: 8.7%.
Riesgo Mínimo: oficinista, archivista, servicio doméstico, venta de dulces.
Riesgo Bajo: fabrica de alfombras, bancos, juego de bolos, supermercados.
Riesgo Medio: ensamble aeronaves, embotelladoras, centros de salud, textileras, industrias lecheras.
Riesgo Alto: fabrica de cerveza, juegos pirotécnicos, transporte urbano, marítimo.
Riesgo Máximo: fabricas de arcilla, cemento, construcción, radioterapia, transporte aéreo, torero, buceador, alpinista, magistrados, procuradores, jueces.
Accidente de trabajo
Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión al trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, perturbación funcional, invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de ordenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa cuando el transporte lo suministra el empleador.
En el articulo 50 del decreto 1295 se dice que por 48 horas laboradas semanalmente, se tiene derecho a dos horas de recreación, capacitación y deporte, pero cualquier accidente ocurrido durante estos eventos no se considera como accidente de trabajo, puesto que esto es un derecho que tiene el trabajador, mas no una imposición, obligación u orden dada.
Enfermedad profesional
Todo estado patológico permanente y temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador en el medio en que se ha visto obligado a trabajar y que haya sido determinado como tal por el gobierno nacional.
Prestaciones asistenciales
- Asistencia medica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
- Servicios hospitalarios, odontológicos.
- Suministro de medicamentos.
- Servicios auxiliares de diagnostico y tratamiento.
- Prótesis y órtesis.
- Rehabilitación física y profesional.
- Gastos de traslado.
Prestaciones económicas
Incapacidad temporal: El afiliado recibirá un subsidio equivalente al 100% de su salario base de cotización. Se reconoce esta prestación por un máximo de dos periodos de 180 días cada uno.
Incapacidad permanente parcial: El afiliado que presente una disminución definitiva igual o superior a 5% pero inferior al 50% de su capacidad laboral para la cual ha sido contratado o capacitado, se le reconocerá una indemnización en proporción al daño sufrido equivalente a una suma no inferior a un salario base de liquidación, ni superior a 24 veces dicho salario.
Pensión de invalidez: Se considera la persona que por causa de origen profesional no provocada intencionalmente hubiera perdido el 50% o más de su capacidad laborar.
Cuando la invalidez es igual o superior al 50% e inferior al 66%, tendrá derecho a una pensión de invalidez equivalente al 60% del ingreso base de liquidación.
Cuando la invalidez es igual o superior al 66%, tendrá derecho a una pensión de invalidez equivalente al 75% del ingreso base de liquidación.
Cuando el pensionado por invalidez requiere del auxilio de otra persona para realizar las funciones elementales de su vida, el monto de la pensión incrementa en un 15%.
Pensión de sobrevivientes: Si como consecuencia de un accidente de trabajo u una enfermedad profesional sobreviene la muerte del afiliado, los beneficiarios tendrán derecho a una pensión de sobrevivientes correspondiente al 75% del salario base de liquidación del trabajador.
Si quien fallece es el pensionado por invalidez, la pensión será el 100% de lo que aquel estaba recibiendo como pensión.
Auxilio funerario: La persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un afiliado o pensionado por invalidez, tendrá derecho a recibir auxilio funerario igual al último salario base de cotización o al valor correspondiente a la última mesada pensional recibida, según sea el caso.
ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
Consulte:
- En alguna de las agencias de Salud Ocupacional, con algún trabajador como cree que el trabajo puede influir en la Salud y en la enfermedad.
- En alguna de las agencias de Salud Ocupacional las actividades que se desarrollan en cada una de las áreas de la Salud Ocupacional.
- Con su EPS la clase de integrante que es usted.
- En su EPS los servicios y garantías a las que tiene derecho usted.
- Con su EPS el valor de la cuota moderadora y el del copago que le corresponde a usted.
- En alguna de las agencias de Salud Ocupacional la clasificación de los riesgos a la que pertenece.
- Consulte en alguna de las agencias de Salud Ocupacional un accidente de trabajo común y una enfermedad profesional común.
BIBLIOGRAFÍA DE LA UNIDAD
- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Ley 100 de 1993. Bogotá: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 1993. 16 p.
- Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Código de Salud Ocupacional. Bogotá: Ministerio de trabajo y Seguridad Social, 1990. 125 p.
- URREGO, Wilfredo. Guía de Aprendizaje Salud Enfermedad y Trabajo. Medellín: Servicio Nacional de Aprendizaje Centro de Servicios de Salud, 2001. 16 p.
- VIDARTE, Ana María. La Fisioterapia en la Salud ocupacional. Bogotá: Asociación colombiana de Fisioterapia, 1997. 7 p.
UNIDAD 2. EVALUACIÓN Y DIAGNÓSTICO
PRESENTACIÓN
El panorama de factores de riesgo permite obtener un esquema general de las condiciones de trabajo, los factores de riesgo allí presentes y los efectos que estos ocasionan sobre la salud de los trabajadores expuestos a ellos.
Este se realiza con el fin de establecer prioridades preventivo correctivas que permitan mejorar la calidad de vida laboral, ya que el panorama de factores de riesgo constituye un avance importante por ser el punto de partida para elaborar un programa de vigilancia epidemiológica que permite utilizar la información recolectada para tomar decisiones de intervención en el ámbito individual o colectivo, con el fin de disminuir la morbilidad y la mortalidad por causas ocupacionales.
OBJETIVOS
- Reconocer los diferentes Factores de Riesgo que puedan estar presentes en el ambiente de trabajo.
- Reconocer los elementos fundamentales de un Panorama de Factores de Riesgo.
- Incorporar el concepto de Vigilancia Epidemiológica como alternativa administrativa e interdisciplinaria en el área de Salud Ocupacional.
DIAGRAMA
EVALUACIÓN Y DIAGNÓSTICO
CONDUCTA DE ENTRADA
No se realiza conducta de entrada por que los conceptos contenidos en esta unidad son abordados por primera vez.
TEMÁTICA
1. FACTORES DE RIESGO
1. Definición
Todos los objetos, elementos, fenómenos, circunstancias, condiciones y acciones humanas que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación o control del elemento agresivo.
2. Riesgo
Probabilidad de ocurrencia de ocurrencia de un evento que trae consecuencias desagradables o negativas para la integridad del trabajador, así como para los materiales, equipos y el ambiente que rodea al individuo.
3. Clasificación
Factor de riesgo físico: Todos aquellos factores ambientales de naturaleza física que al ser percibidos por las personas, pueden provocar efectos adversos a la salud según sea la intensidad, exposición y concentración de los mismos.
- Ruido
- Temperaturas extremas
- Radiaciones ionizantes y no ionizantes
- Iluminación
- Humedad relativa
- Vibraciones
- Presiones anormales
Factor de riesgo químico: Aquellos elementos o sustancias orgánicas e inorgánicas que pueden ingresar al organismo por inhalación, absorción o ingestión y dependiendo de su nivel de concentración y el tiempo de exposición, pueden generar lesiones sistémicas, intoxicaciones o quemaduras.
- Líquidos
- Nieblas
- Rocíos
- Aerosoles
- Material particulado
- Gases
- Vapores
Factor de riesgo fisicoquímico: Abarca todos aquellos objetos, materiales combustibles, sustancias químicas y fuentes de calor que bajo circunstancias de inflamabilidad o combustibilidad pueden desencadenar incendios y explosiones.
- Papel
- Tela
- Madera
- Gasolina