Principios Básicos de Protección para los Operarios de las Máquinas
A continuación se mencionan algunas recomendaciones generales que contribuyen en la protección de las máquinas:
- El principio fundamental es que, a menos que la propia posición del punto o zona de peligro garantice su seguridad, la máquina debe estar provista de un adecuado medio de protección o dispositivo, que elimine o reduzca el peligro antes que pueda ser alcanzado el punto o zona de peligro, lo ideal es que cada equipo de trabajo deberá estar provisto de un órgano de accionamiento que permita impedir o dificulte el acceso a el punto o zona de peligro, y/o parar la máquina totalmente en unas condiciones de seguridad. Además deben ser claramente visibles e identificables y, cuando corresponda, estar indicados con una señalización adecuada.
- Las partes o elementos peligrosos de una máquina deben ser eliminados, encerrados o protegidos.
- Todo equipo de trabajo que entrañe riesgos por ruido, vibraciones o radiaciones deberá disponer de las protecciones o dispositivos adecuados para limitar, en la medida de lo posible, la generación y propagación de estos agentes físicos.
- Prever y proveer acoplamientos de diferentes tipos distintos en las máquinas que lo requieran.
- La limpieza y engrase de máquinas en movimiento, debe efectuarse por medios automatizados.
- Las partes de un equipo de trabajo que alcancen temperaturas elevadas o muy bajas deberán estar protegidas cuando corresponda contra los riesgos de contacto o la proximidad de los trabajadores.
- Las zonas y puntos de trabajo o de mantenimiento de un equipo de trabajo deberán estar adecuadamente iluminadas en función de las tareas que deban realizarse, incluso iluminación complementaria en caso de ser necesario.
- Cada Mecanismo de control que forme parte de un dispositivo de protección, deberá ser en lo posible de seguridad positiva.
- Los resguardos pueden ser de metal, madera, vidrio laminado, materiales plásticos o combinación de los anteriores.
- Tener en cuenta la utilización de los aparatos automáticos para introducir o retirar piezas, materiales.
- Para trabajos de mantenimiento de máquinas en operación, establecer sistemas rigurosos de «PERMISOS DE TRABAJO»
- Informe inmediatamente a su supervisor, cualquier equipo defectuoso de modo que pueda ser reparado o reemplazado.
- No trate de reparar la herramienta usted mismo.
- Cierre el equipo, o por lo menos, póngale la etiqueta para que otros estén conscientes de que el equipo está dañado.
- Pruebe su equipo antes de empezar a trabajar.
- Inspeccione sus herramientas eléctricas regularmente, incluyendo las herramientas grandes tales como sierras de mesa, taladros y esmeriles de mesa. Por ejemplo este atento a sí la herramienta le da un choque ligero o le sale humo y chispas cuando el aparato está prendido, en ese caso no lo utilice, avísele a su supervisor inmediatamente.
- Revise el aislamiento alrededor del cable de alimentación de los equipos eléctricos para asegurarse que está en buenas condiciones. No debería haber ningún alambre expuesto o puntas desgastadas. Conexiones en malas condiciones deberían de ser reemplazadas, nunca pegarlas con cinta adhesiva o empalmarlas.
- Revise la clavija al final del cordón para asegurar que los dientes están seguros en la clavija y que ninguno falta. Si falta un diente, no utilice la herramienta.
- Si nota que una de las tenazas en la clavija es ligeramente más grande que la otra, no trate de recortar la tenaza para concordar con la más pequeña. Estas tenazas están polarizadas para evitarle un choque. Cuando desconecta conexiones del enchufe, recuerde de jalar de la clavija y no el cordón.
- No deben colocarse las masas de los equipos eléctricos de una máquina conectados a las partes metálicas de las estructura de la misma.
Requisitos Mínimos de los Medios de Protección de las Maquinas
Los siguientes son algunos de los requisitos que deben cumplir los medios de protección instalados en las máquinas para la seguridad del trabajador:
- Dar efectiva protección al operario.
- Difíciles de retirar.
- Deben ser cómodos
- Calidad en el diseño y en la construcción de los sistemas de seguridad.
- Que el medio de protección no involucre nuevos riesgos en la operación.
- En los sistemas de bloqueo se debe evitar la presencia de: vibraciones, suciedad, pintura, cuerpos extraños.
Criterios de Selección de los Medios de Protección
Los siguientes son algunos de los posibles medios de protección, para facilitar su entendimiento se realizaran las definiciones correspondientes:
- Dispositivos de seguridad: son medios de protección distintos del resguardo, que eliminan o reducen el riesgo, antes de que pueda ser alcanzado el punto o zona de peligro.
- Distancia de seguridad: es la distancia mínima existente entre el dispositivo detector de presencia y la línea de peligro, que garantiza la seguridad del operador.
- Medio de protección: es el dispositivo, que está diseñado para proteger contra un peligro.
Los criterios de selección de un medio de protección u otro son:
Cuando es necesario el acceso a la zona de peligro, durante el funcionamiento manual de la máquina, se colocara, alguno de los siguientes medios de protección:
Resguardo fijo:
Suministra la máxima protección y éste tipo de resguardo deberá ser empleado siempre que sea posible; si es preciso, se complementará con dispositivos de alimentación y extracción.
Resguardo distanciador:
En la dimensión y situación del resguardo deberá tenerse en cuenta la amplitud de gesto o reacción por encima y alrededor de un obstáculo.
Dispositivo detector de presencia:
Solamente deberá utilizarse, si no es posible disponer de resguardos fijos o distanciadores.
Cuando es necesario el acceso a la zona de peligro durante el funcionamiento normal de la máquina, se colocara, alguno de los siguientes medios de protección:
Resguardo de enclavamiento:
Se tienen de las siguientes clases los enclavamientos: mecánicos, con sistema retardador por tornillo, con llave, de interruptores, de puestos de riesgo, y controladores de rotación (tacómetros). Enclavamiento de registros cuando haya que penetrar en su interior, entre el interruptor y varias compuertas de acceso, de máquina con movimiento de inercia.
- Dispositivo detector de presencia
- Resguardo regulable (adaptable)
- Resguardo de ajuste automático
- Doblecomando
- Dispositivo de mando continuo
Características Importantes a tener en Cuenta en los Mandos de Máquinas
Los mandos de las máquinas pueden ser de concepción mecánica, eléctrica, hidráulica, neumática o estar constituidos por una combinación de los elementos anteriormente descritos.
Estos deben cumplir estos requisitos:
Estar diferenciados, a fin de asegurar una identificación permanente de su función.
Poder ser neutralizados por dispositivos de separación que, después del paro de la máquina, permitan separarlos de todas sus fuentes de alimentación de energía.
Disponer de un dispositivo que permita asegurar el paro normal de la máquina al final de su utilización. Debe poder asegurar en una sola maniobra la interrupción de todas las funciones de la máquina. Puede ser de acción inmediata o diferida y/o paro a final del ciclo).
Si fuera necesario, el operador del equipo deberá poder cerciorarse desde el puesto de mando principal de la ausencia de personas en las zonas peligrosas. Si esto no fuera posible, la puesta en marcha deberá ir siempre precedida automáticamente de un sistema de alerta, tal como una señal de advertencia acústica o visual.
El trabajador expuesto deberá disponer del tiempo y de los medios suficientes para sustraerse rápidamente de los riesgos provocados por la puesta en marcha o la detención del equipo de trabajo.
Los sistemas de mando deberán ser seguros y elegirse teniendo en cuenta los posibles fallos, perturbaciones y los requerimientos previsibles, en las condiciones de uso previstas.
Los circuitos deben estar construidos de forma que impidan cualquier puesta en servicio en forma accidental o involuntarias. Esto significa que: la puesta en marcha de un equipo de trabajo solamente se podrá efectuar mediante una acción voluntaria sobre un órgano de accionamiento previsto a tal efecto.
Lo mismo ocurrirá para la puesta en marcha tras una parada, sea cual fuere la causa de esta última, y para introducir una modificación importante en las condiciones de funcionamiento (por ejemplo, velocidad, presión, etc.) salvo si dicha puesta en marcha o modificación no presentan riesgo alguno para los trabajadores expuestos o son resultantes de la secuencia normal de un ciclo automático.
Los puestos de mando deben tener acceso seguro y fácil, estar situados fuera de todas las posibles zonas de peligro y dispuestos de tal manera que el operador puede controlar, desde ellos y al máximo, las operaciones efectuadas en la máquina.
Deben estar diferenciados para asegurar su identificación permanente.
Los dispositivos de paro de urgencia deben ser de fácil acceso.
La acción debe mantener paradas las máquinas o partes de la misma.
La máquina o partes de la misma, no deben volverse a poner en servicio sino únicamente desde el puesto de mando general y solo después de la neutralización del dispositivo que haya provocado el paro de la máquina.
Las masas de todos los equipos eléctricos de una máquina y las partes metálicas de la estructura de la misma, deben estar interconectadas.
La puesta en masa accidental de uno o varios puntos del circuito de mando, no debe ni provocar una puesta en marcha intempestiva, ni impedir el paro de la máquina.
Los circuitos de los órganos de mando no deben estar fijados directamente sobre la estructura de la máquina, como son los mandos a distancia por pedal o pupitre móvil, deben estar concebidos y realizados de tal manera que una «puesta en corto circuito», o el corte de los conductores, no puedan originar la puesta en marcha o la imposibilidad de detener la máquina.
La aparición sobre el circuito de mando de un defecto de aislamiento, susceptible a originar un peligro de orden mecánico o eléctrico, debe provocar el paro de la máquina o cortar su alimentación.
Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo móviles, ya sean automotores o no:
Bandas Transportadoras
a) Los equipos de trabajo móviles con trabajadores transportados deberán adaptarse de manera que se reduzcan los riesgos para el trabajador o trabajadores durante el desplazamiento. Entre estos riesgos deberán incluirse los de contacto de los trabajadores con ruedas y orugas y de aprisionamiento por las mismas.
b) Cuando el bloqueo imprevisto de los elementos de transmisión de energía entre un equipo de trabajo móvil y sus accesorios o remolques pueda ocasionar riesgos específicos, dicho equipo deberá ser equipado o adaptado de modo que se impida dicho bloqueo. Cuando no se pueda impedir el bloqueo deberán tomarse todas las medidas necesarias para evitar las consecuencias perjudiciales para los trabajadores.
c) Deberán preverse medios de fijación de los elementos de transmisión de energía entre equipos de trabajo móviles cuando exista el riesgo de que dichos elementos se atasquen o deterioren al arrastrarse por el suelo.
d) En los equipos de trabajo móviles con trabajadores transportados se deberán limitar, en las condiciones efectivas de uso, los riesgos provocados por una inclinación o por un vuelco del equipo de trabajo, mediante cualesquiera de las siguientes medidas:
Una estructura de protección que:
Impida que el equipo de trabajo se incline más de un cuarto de vuelta.
Garantice un espacio suficiente alrededor del trabajador o trabajadores transportados cuando el equipo pueda inclinarse más de un cuarto de vuelta.
Cualquier otro dispositivo de alcance equivalente. Estas estructuras de protección podrán formar parte integrante del equipo de trabajo.
No se requerirán estas estructuras de protección cuando el equipo de trabajo se encuentre estabilizado durante su empleo o cuando el diseño haga imposible la inclinación o el vuelco del equipo de trabajo.
Cuando en caso de inclinación o de vuelco exista para un trabajador transportado riesgo de aplastamiento entre partes del equipo de trabajo y el suelo, deberá instalarse un sistema de retención del trabajador o trabajadores transportados.
e) Las carretillas elevadoras ocupadas por uno o varios trabajadores deberán estar acondicionadas o equipadas para limitar los riesgos de vuelco mediante medidas tales como las siguientes:
La instalación de una cabina para el conductor.
Una estructura que:
Impida que la carretilla elevadora vuelque.
Garantice que, en caso de vuelco de la carretilla elevadora, quede espacio suficiente para el trabajador o los trabajadores transportados entre el suelo y determinadas partes de dicha carretilla.
Mantenga al trabajador o trabajadores sobre el asiento de conducción e impida que puedan quedar atrapados por partes de la carretilla volcada.